Tipo de IVA en reformas en viviendas en España

Tipo de IVA en reformas en viviendas en España

Normalmente el IVA que se aplica en las obras de una vivienda son del 21%, sin embargo, la Ley prevé una serie de casos a los que se les aplica el 10%, para este tipo de reforma es necesario justificar que la obra sea de renovación o reparación, en estos casos el tipo de IVA en reformas en viviendas aplicado es el reducido. En este post repasamos las condiciones que deben darse para que una reforma sea considerada de rehabilitación o de renovación.

Tipo de IVA en reformas en viviendas en obras de rehabilitación

En general, si el coste total de las obras de rehabilitación tuviera fuera mayor que el valor del inmueble, descontando el valor del suelo, se aplicaría el IVA reducido. Si la reforma alcanza el 25% del precio del inmueble, en caso de que la construcción se llevara a cabo en un período menor de dos años, también se aplicará el IVA reducido del 10%.

Independientemente del precio del inmueble, si el 50% o más del coste de rehabilitación  se invierte en elementos estructurales, fachadas o cubiertas, también se aplica el IVA reducido.

En los siguientes casos se aplica el IVA reducido:

  • Refuerzo de cimentación o pilares.
  • Consolidación estructural.
  • Adecuación para la seguridad constructiva
  • Ampliación de la construcción sobre y bajo rasante.
  • Reconstrucción de fachadas y patios interiores.
  • Instalación de elementos elevadores.

Tipo de IVA en reformas en viviendas en obras de renovación y reparación

En el caso de las reformas que afecten a la renovación o reparación de alguno de los elementos constructivos, se deberán cumplir las siguientes condiciones para lograr que se aplique el IVA reducido del 10%:

  • Destinatario: Tanto comunidades de propietarios como personas físicas, siempre que no se declaren empresarios o profesionales, y la vivienda sea de uso particular.
  • Inmueble: Es indispensable que la construcción o rehabilitación de la vivienda se haya concluido al menos con dos años de anterioridad respecto al principio de la nueva reforma.
  • Materiales: Es imprescindible que la persona que realice la obra no aporte material de construcción, en caso de que sea imprescindible, la cantidad no podrá exceder del 40% de la base imponible del total.

Las últimas modificaciones han permitido que el IVA reducido se aplique a todo tipo de reformas que cumplan los requisitos anteriormente descritos, a diferencia de la Ley anterior, que solo aplicaba el IVA reducido a ciertos trabajos de albañilería y reparaciones de carpintería, electricidad…

Estos son los principales fundamentos que influyen en la aplicación del IVA para obras de rehabilitación, si tienes alguna duda o sugerencia puedes escribirnos tus comentarios en nuestro blog, te responderemos de inmediato.

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